Resumen: La recurrente SEGURCAIXA ADESLAS invoca que no puede ser considerada tercero obligado al pago cuando la asistencia por COVID-19 objeto de facturación no forma parte de la cartera de servicios de ISFAS o MUFACE, y tampoco del concierto suscrito, y nos encontramos ante una pandemia mundial, una epidemia legalmente declarada, estando legalmente atribuida a la Sanidad Pública Estatal y Autonómica la competencia exclusiva con las pandemias. La Sala desestima el recurso al apreciar que la asistencia sanitaria dispensada en este caso al paciente, beneficiario de MUFACE, pese al contexto en que se produjo, de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia por COVID- 19, no se entiende excluida de aquellas prestaciones sanitarias que la recurrente venía obligada a prestar según el Concierto. Ello es así porque ni se trataba de una actuación en materia de salud pública propiamente dicha, menos aún de una actuación de vigilancia epidemiológica, sin perjuicio, claro está, de la necesaria comunicación a las autoridades sanitarias sobre los casos atendidos por COVID-19 autoridad única.
Resumen: Solicitándose prestación de desempleo parcial por reducción temporal de la jornada de trabajo en un 80% de la jornada habitual, en el marco de un expediente regulación temporal de empleo por fuerza mayor vinculada a la COVID-19, se denegó en vía administrativa la situación legal de desempleo porque la reducción temporal de la jornada superó el umbral del 70 %. Judicialmente se revoca esta decisión porque la decisión del legislador de no someter a un límite porcentual la reducción temporal de la jornada ordinaria de trabajo por fuerza mayor COVID se estableció como mecanismo prioritario tanto respecto de la extinción como de la suspensión colectiva de contratos y para facilitar el acceso a la prestación de desempleo a los trabajadores afectados por esa medida, sin establecer salvedad o reserva alguna, siendo norma específica que no puede ser obviada.